22 Jul 4 prestaciones derivadas de la LGD
La prestación LGD (antigua LISMI) es una serie de subsidios que pretenden garantizar la prevención, los cuidados médicos y psicológicos, la rehabilitación adecuada y los recursos económicos para facilitar una mayor realización personal e integración laboral y social a las personas con diversidad funcional.
Concretamente, esta ley, en el artículo 14, afirma que «toda persona cuyo grado de discapacidad exceda del que reglamentariamente se determine, y que por razón del mismo se vea imposibilitado de obtener un empleo adecuado, tendrá derecho a percibir un subsidio de garantía de ingresos mínimos”.
¿Qué prestaciones incluye la LGD?
Concretamente, las prestaciones que se derivan de la LGD son las siguientes.
Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica (ASPF)
Con carácter general la aportación de productos farmacéuticos financiados por el sistema de salud es del 40% del precio excepto en algunos casos. Las personas con diversidad funcional que, por no desarrollar actividad laboral, no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social, tienen acceso gratuito a cualquier prestación farmacéutica.
Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM)
El Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos consiste en una prestación económica de carácter periódico, destinada a cubrir las necesidades básicas como, por ejemplo, alimentación, vestido y vivienda, de quienes, careciendo de los medios necesarios para su subsistencia, no estén en condiciones, por razón del grado de su diversidad funcional, de obtenerlos.
Subsidio por Ayuda de Tercera Persona (SATP)
El SATP consiste en una prestación económica, también de carácter periódico, destinada a aquellas personas afectadas por una minusvalía que, a consecuencia de pérdidas, anatómicas o funcionales, necesiten la asistencia de otra persona para realizar actos esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer u otros.
Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT)
Este subsidio es una prestación económica periódica, destinada a que las personas con diversidad funcional puedan atender los gastos extraordinarios originados por desplazamientos fuera de su domicilio habitual en medios de transporte no colectivos.
¿A quién se dirigen las prestaciones de la LGD?
Específicamente, estas prestaciones se dirigen a personas con diversidad funcional que no pueden desarrollar una actividad en el mercado laboral y que, por lo tanto, no están incluidas dentro del campo de aplicación de la Seguridad Social.
La inserción laboral de las personas con diversidad funcional
Aunque contemos con estas prestaciones para las personas con diversidad funcional, no debemos olvidar que el objetivo principal de la sociedad debe ser conseguir la inclusión laboral de este colectivo.
Por este motivo, desde Emiser apostamos y trabajamos por la inserción laboral de las personas con distintas capacidades como un derecho y tenemos como objetivo prioritario lograr una mayor empleabilidad de este sector.